Actualización del Reglamento de Viajeros
La Comunidad de Madrid ha actualizado el Reglamento de Viajeros de los autobuses interurbanos dependientes del Consorcio Regional de Transportes (CRTM) para regular de forma expresa los objetos que pueden transportar los usuarios. La medida busca garantizar la seguridad y la comodidad mediante criterios claros, homogéneos y adaptados a los usos actuales.
Mayor claridad para usuarios y operadores
Hasta ahora, la normativa solo contemplaba la posibilidad de portar bultos de mano, sin detallar otros enseres de uso cada vez más habitual. Con esta actualización, se aporta mayor seguridad jurídica y operativa tanto a los viajeros como a las empresas concesionarias del servicio.
Un único objeto por viajero
La nueva regulación establece que cada viajero podrá acceder con un único objeto, siempre que no cause molestias ni suponga un riesgo para el resto de los ocupantes. Entre los elementos permitidos se incluyen:
– Bolsos, maletines o mochilas de hasta 50 x 30 x 10 centímetros.
– Carritos de la compra o mochilas-carro con ruedas.
– Maletas pequeñas con un tamaño máximo de 55 x 40 x 20 centímetros.
– Patinetes infantiles, correpasillos y bicicletas infantiles sin pedales.
– Instrumentos musicales y material deportivo, siempre dentro de su funda correspondiente.
Autorizaciones excepcionales
De manera excepcional, el conductor podrá autorizar otros bultos cuando compruebe que no suponen peligro ni obstáculo. No obstante, se podrá denegar el acceso cuando el vehículo no disponga de espacio habilitado, el autobús esté muy lleno, los objetos generen incomodidad o riesgo, o las zonas destinadas al equipaje se encuentren ocupadas.
En estos casos, se podrá impedir el acceso o solicitar al usuario que descienda del autobús, incluso aunque haya validado su título de transporte.
Ubicación y transporte de los enseres
Los objetos deberán colocarse en la bodega o en los espacios habilitados a tal efecto. Las mochilas y maletines no podrán llevarse a la espalda, sino sujetos con la mano. En el caso de los instrumentos musicales, viajarán siempre en el interior del vehículo, permitiéndose solo uno de gran tamaño por autobús.
Responsabilidad del viajero
La normativa establece que todos los objetos deberán ir colocados de forma segura, evitando desplazamientos peligrosos, ruidos o daños. Asimismo, cada usuario será responsable de sus pertenencias y de los posibles perjuicios que puedan ocasionar tanto a otras personas como al material móvil.












