Incremento de las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor
La Seguridad Social tramitó en 2025 un total de 86.465 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en la Comunidad de Madrid, lo que supone un incremento del 0,98 % respecto al año anterior. De este total, 42.339 prestaciones correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 44.126 al segundo progenitor, normalmente el padre.
Madrid se sitúa como la tercera comunidad autónoma con mayor número de prestaciones de este tipo, solo por detrás de Andalucía (97.224) y Cataluña (93.262).
Gasto y duración media de las prestaciones
El gasto destinado a la prestación por nacimiento y cuidado de menor en la región madrileña alcanzó entre enero y diciembre de 2025 los 757.966.644,79 euros, consolidando esta ayuda como uno de los principales instrumentos de apoyo a la conciliación familiar y laboral.
La duración media de las prestaciones activas fue de 110,93 días, una cifra similar a la media nacional. En el caso de las mujeres, la duración media se situó en 113,11 días, mientras que en los hombres fue de 108,79 días, reduciéndose así la brecha existente en ejercicios anteriores y avanzando hacia una mayor corresponsabilidad en el cuidado.
Prestaciones en familias monoparentales
Durante el pasado año, 1.443 prestaciones correspondieron a familias monoparentales en la Comunidad de Madrid. En estos casos, la duración media se amplió hasta los 130,06 días.
Del total de estas prestaciones, 1.144 fueron percibidas por mujeres, con una duración media de 135,64 días, mientras que 299 correspondieron a hombres, con una media de 108 días.
Ampliación del permiso de nacimiento
Desde el pasado mes de julio, se ha reforzado la protección de progenitores y menores mediante la ampliación del permiso de nacimiento y cuidado de menor, que ha pasado de 16 a 19 semanas, y hasta 32 semanas en el caso de familias monoparentales.
De estas, 17 semanas son de igual duración e intransferibles entre ambos progenitores, y 28 semanas en familias monoparentales, pudiendo disfrutarse durante los primeros 12 meses de vida del menor o, en caso de adopción, guarda o acogimiento, durante el primer año desde la resolución judicial o administrativa.
Además, se incorporan dos semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, que se amplían a cuatro semanas en familias monoparentales, y que pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el hijo o hija cumpla 8 años.
Solicitud y cuantía de la prestación
Este derecho puede solicitarse con carácter retroactivo para nacimientos a partir del 2 de agosto de 2024 y está disponible desde el 1 de enero de 2026. La solicitud puede presentarse con una antelación máxima de 15 días respecto a la fecha de inicio del periodo de disfrute.
La cuantía de la prestación equivale al 100 % de la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al inicio del descanso. El Instituto Nacional de la Seguridad Social gestiona el abono y permite realizar la solicitud a través de su portal telemático, así como tramitar los periodos sucesivos si el permiso se disfruta de forma fraccionada.
Excedencias por cuidado de familiares
En 2025 se registraron en la Comunidad de Madrid 10.852 excedencias por cuidado de hijo, menor acogido o familiar, una cifra que se mantiene estable respecto a 2024.
De estas excedencias, 8.876 correspondieron a mujeres, lo que representa el 81,79 %, mientras que 1.976 fueron solicitadas por hombres, un 18,2 %, porcentaje superior a la media nacional, situada en el 16,9 %.
A nivel nacional, el número de excedencias aumentó un 2,2 % respecto a 2024. Madrid encabeza el número de excedencias tramitadas, seguida de Cataluña, Andalucía, País Vasco y Comunidad Valenciana.
Derechos laborales y cotización
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para el cuidado de hijos, menores acogidos o familiares. Los tres primeros años de excedencia por cuidado de hijos o menores acogidos se consideran periodo de cotización efectiva a efectos de prestaciones de la Seguridad Social, al igual que el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.












