La Comunidad de Madrid está supervisando el uso de los ahumadores empleados en la actividad apícola con el objetivo de prevenir incendios forestales asociados a esta práctica. La Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112) es la encargada de autorizar su utilización para garantizar que se realice en las máximas condiciones de seguridad, especialmente durante la campaña de alto riesgo de incendios.
Más de 16.600 colmenas en la región
Actualmente, la Comunidad de Madrid cuenta con más de 16.600 colmenas repartidas en 626 explotaciones apícolas activas.
El Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales (INFOMA) establece una serie de requisitos para el uso de los ahumadores, herramientas que los apicultores emplean para generar humo y trabajar con las abejas minimizando las alteraciones en su comportamiento.
Restricciones y medidas de seguridad
El funcionamiento de estos dispositivos requiere encender fuego en su interior, por lo que la normativa limita su uso durante las horas centrales del día, cuando el riesgo de incendio es mayor.
Habitualmente, esta actividad se realiza a primera hora de la mañana. No obstante, cuando las previsiones de riesgo lo permiten, los apicultores pueden solicitar una ampliación del horario autorizado, previa consulta al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
La normativa obliga a adoptar medidas preventivas para reducir al máximo el riesgo de incendio durante las labores apícolas.
Entre estas medidas se encuentra la retirada de vegetación y materiales inflamables del entorno inmediato de las colmenas. Asimismo, los ahumadores deben disponer de una rejilla que impida la salida de chispas y es obligatorio apagar completamente los rescoldos al finalizar el trabajo.
Sin incendios asociados en los últimos años
Según la Comunidad de Madrid, el cumplimiento de estas medidas de seguridad ha permitido que en los últimos años no se haya registrado ningún incendio forestal provocado por el uso de ahumadores en la actividad apícola.
La prevención y el control de estas prácticas forman parte de las actuaciones desarrolladas durante la campaña de vigilancia frente a incendios forestales.
Autorizaciones obligatorias
Durante todo el año, el uso de ahumadores en terrenos forestales o en una franja de hasta 400 metros alrededor de ellos, siempre que no se trate de suelo urbano, requiere autorización de la Dirección General de Emergencias.
En los casos en los que la actividad se realice en suelo urbano situado a menos de 50 metros de una zona forestal, será necesario comunicar previamente su desarrollo a la administración competente.












